Condiciones generales de venta
para las ventas de PeakTech Prüf- und Messtechnik GmbH, Gerstenstieg 4, DE-22926 Ahrensburg, Tel: +49 (0) 4102 97398-80, info@peaktech.de, www.peaktech.de, inscrita en el Registro Mercantil del Tribunal Local de Lübeck 3 HRB 2201 AH, USt-IdNr. DE 135100534, número de identificación fiscal: 30 292 09928, representada por el Sr. Heiko Boysen -en adelante denominado "Proveedor" o "nosotros"- y usted (en adelante también denominado "Cliente", "Comprador" o "usted") como Comprador.
PeakTech Prüf- und Messtechnik GmbH también se denomina "Vendedor" o "nosotros" en estas Condiciones Generales.
1 Alcance, forma
1.1 Las presentes Condiciones Generales de Venta (CGV) se aplican a todas nuestras relaciones comerciales con nuestros clientes (también denominados "Comprador"). Las CGV sólo se aplican si el Comprador es un empresario (§ 14 BGB), una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público.
1.2 Las Condiciones Generales de Venta se aplican en particular a los contratos de venta y/o entrega de bienes muebles ("Mercancías"), independientemente de si fabricamos las mercancías nosotros mismos o las compramos a proveedores (§§ 433, 650 BGB). Salvo que se acuerde lo contrario, las CGV en la versión válida en el momento del pedido del Comprador o, en cualquier caso, en la última versión notificada al Comprador en forma de texto, se aplicarán también como acuerdo marco para futuros contratos similares sin que tengamos que volver a referirnos a ellas en cada caso individual.
1.3 Se aplicarán exclusivamente nuestras Condiciones Generales de Venta. Las condiciones generales del comprador que se desvíen, entren en conflicto o se complementen, sólo formarán parte del contrato en la medida en que hayamos consentido expresamente su aplicación. Este requisito de consentimiento se aplicará en cualquier caso, por ejemplo, incluso si realizamos la entrega al comprador sin reservas en el conocimiento de las condiciones generales del comprador.
1.4 Los acuerdos individuales celebrados con el Comprador en casos concretos (incluidos los acuerdos complementarios, los suplementos y las modificaciones) tendrán en todos los casos prioridad sobre estas Condiciones Generales de Venta. Salvo prueba en contrario, un contrato escrito o nuestra confirmación escrita serán determinantes para el contenido de dichos acuerdos.
1.5 Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes por parte del Comprador en relación con el contrato (por ejemplo, fijación de plazos, notificación de defectos, retirada o reducción) deben realizarse por escrito, es decir, en forma escrita o de texto (por ejemplo, carta, correo electrónico, fax). Los requisitos formales legales y las pruebas adicionales, en particular en caso de dudas sobre la legitimidad del declarante, no se verán afectados.
1.6 Las referencias a la aplicabilidad de las disposiciones legales sólo tendrán un significado aclaratorio. Por lo tanto, incluso sin dicha aclaración, se aplicarán las disposiciones legales, a menos que se modifiquen directamente o se excluyan expresamente en estas Condiciones Generales de Venta.
2 Conclusión del contrato
2.1 Nuestras ofertas están sujetas a cambios y no son vinculantes. Esto también se aplicará si hemos proporcionado al Comprador catálogos, documentación técnica (por ejemplo, dibujos, planos, cálculos, referencias a normas DIN), otras descripciones de productos o documentos -también en formato electrónico- sobre los que nos reservamos derechos de propiedad y derechos de autor.
2.2 El pedido de la mercancía por parte del Comprador se considerará una oferta contractual vinculante. Salvo que se indique lo contrario en el pedido, tendremos derecho a aceptar esta oferta contractual dentro de los 7 días siguientes a su recepción por nuestra parte.
2.3 La aceptación puede declararse por escrito o en forma de texto por correo electrónico/PDF (por ejemplo, mediante la confirmación del pedido) o mediante la entrega de la mercancía al comprador.
3 Plazo de entrega y retraso en la entrega
3.1 El plazo de entrega se acordará individualmente o será indicado por nosotros en el momento de la aceptación del pedido. En caso contrario, entregaremos la mercancía al transportista en un plazo de 7 días tras la celebración del contrato.
3.2 Si no podemos cumplir con los plazos de entrega vinculantes por razones que no nos son imputables (no disponibilidad del servicio), informaremos al Comprador de ello sin demora y, al mismo tiempo, le comunicaremos el nuevo plazo de entrega previsto. Si el servicio tampoco está disponible dentro del nuevo plazo de entrega, tendremos derecho a rescindir el contrato total o parcialmente; reembolsaremos inmediatamente cualquier contraprestación ya pagada por el Comprador. Se considerará un caso de indisponibilidad de la prestación en este sentido, en particular, el incumplimiento de nuestro proveedor de entregar a tiempo si hemos concluido una operación de cobertura congruente, ni nosotros ni nuestro proveedor somos culpables o no estamos obligados a procurar en el caso individual.
3.3 La ocurrencia de nuestro retraso en la entrega se determinará de acuerdo con las disposiciones legales. En cualquier caso, sin embargo, se requiere un recordatorio por parte del comprador. Si nos retrasamos en la entrega, el comprador puede exigir una indemnización a tanto alzado por los daños causados por el incumplimiento. La indemnización a tanto alzado ascenderá al 0,5% del precio neto (valor de la entrega) por cada semana natural completa de retraso, sin embargo, hasta un máximo del 5% del valor de la entrega de la mercancía retrasada. Nos reservamos el derecho a probar que el Comprador no ha sufrido ningún daño o que el daño es significativamente menor que la suma global mencionada.
3.4 Los derechos del Comprador conforme a la cláusula 8 de estas Condiciones Generales de Venta y nuestros derechos legales, en particular en caso de exclusión de la obligación de cumplimiento (por ejemplo, debido a la imposibilidad o el carácter no razonable del cumplimiento y/o el cumplimiento posterior), no se verán afectados.
4 Entrega, Transferencia de Riesgo, Aceptación, Incumplimiento de la Aceptación
4.1 La entrega se realizará "ex almacén Ahrensburg" o "ex muelle Hamburgo", según sea el lugar de cumplimiento para la entrega y cualquier cumplimiento posterior. A petición y por cuenta del Comprador, la mercancía se enviará a otro destino (venta por entrega en un lugar distinto al de cumplimiento). Salvo que se acuerde lo contrario, tendremos derecho a determinar nosotros mismos el tipo de envío (en particular, la empresa de transporte, la ruta de envío y el embalaje).
4.2 El riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al Comprador a más tardar en el momento de la entrega. Sin embargo, en el caso de la venta por entrega en un lugar distinto al de cumplimiento, el riesgo de pérdida accidental y de deterioro accidental de las mercancías, así como el riesgo de retraso, se transmitirá al comprador en el momento de la entrega de las mercancías al transportista, al transportista o a cualquier otra persona o empresa designada para realizar el envío. Si se ha acordado la aceptación, ésta será decisiva para la transferencia del riesgo. En todos los demás aspectos, las disposiciones legales de la ley de contratos de obras y servicios también se aplicarán mutatis mutandis a una aceptación acordada. La entrega o la aceptación se considerarán realizadas si el comprador se retrasa en la aceptación.
4.3 Si el comprador se retrasa en la aceptación, no coopera o retrasa nuestra entrega por otros motivos de los que es responsable, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños resultantes, incluidos los gastos adicionales (por ejemplo, costes de almacenamiento). Para ello, cobraremos una indemnización a tanto alzado por importe de 200,00 euros. 200,00 por día natural, a partir del plazo de entrega o -en ausencia de plazo de entrega- de la notificación de que la mercancía está lista para ser enviada.
La prueba de un daño mayor y nuestras reclamaciones legales (en particular, la compensación de los gastos adicionales, la indemnización razonable, la terminación) no se verán afectadas; sin embargo, la suma global se compensará con otras reclamaciones monetarias. El comprador tendrá derecho a demostrar que no hemos sufrido ningún daño o sólo un daño considerablemente menor que la suma global mencionada.
5 Precios y condiciones de pago
5.1 Salvo que se acuerde lo contrario en casos individuales, se aplicarán nuestros precios vigentes en el momento de la celebración del contrato, ex almacén, más el impuesto sobre el valor añadido legal.
5.2 En el caso de la venta por entrega en un lugar distinto al lugar de cumplimiento (cláusula 4.1), el Comprador correrá con los gastos de transporte ex almacén y con los gastos de cualquier seguro de transporte solicitado por el Comprador. Si no facturamos los costes de transporte realmente incurridos en cada caso, se considerará acordada una tarifa plana para los costes de transporte (excluyendo el seguro de transporte) del 4 por ciento del valor de la mercancía. Todos los derechos de aduana, tasas, impuestos y otras cargas públicas correrán a cargo del comprador.
5.3 El precio de compra se debe pagar en un plazo de 14 días a partir de la fecha de la factura y de la entrega o aceptación de la mercancía. Sin embargo, estamos autorizados en cualquier momento, incluso en el marco de una relación comercial en curso, a realizar una entrega total o parcial sólo contra pago anticipado. Declararemos una reserva correspondiente a más tardar con la confirmación del pedido.
5.4 Una vez vencido el plazo de pago antes mencionado, el Comprador incurrirá en mora. Durante el período de incumplimiento, se cobrarán intereses sobre el precio de compra al tipo de interés legal de demora aplicable en ese momento. Nos reservamos el derecho a reclamar otros daños causados por el incumplimiento. Nuestro derecho al tipo de interés comercial de vencimiento (§ 353 HGB) frente a los comerciantes no se verá afectado.
5.5 El comprador sólo tendrá derechos de compensación o retención en la medida en que su reclamación haya sido legalmente establecida o sea indiscutible. En caso de defectos en la entrega, no se verán afectados los derechos de réplica del Comprador, en particular de acuerdo con la frase 2 del apartado 7.6 de estas Condiciones Generales de Venta.
5.6 Si después de la celebración del contrato se pone de manifiesto (por ejemplo, mediante la presentación de un procedimiento de insolvencia) que nuestro derecho al precio de compra está en peligro debido a la incapacidad del comprador para cumplir, tendremos derecho a rechazar el cumplimiento de acuerdo con las disposiciones legales y -si es necesario después de fijar un plazo- a rescindir el contrato (artículo 321 del Código Civil). En el caso de los contratos para la fabricación de artículos injustificables (productos a medida), podemos declarar nuestra retirada inmediatamente; las disposiciones legales sobre la prescindibilidad de la fijación de un plazo no se verán afectadas.
6 Conservación del título
6.1 Nos reservamos la propiedad de la mercancía vendida hasta que se hayan pagado íntegramente todos nuestros créditos presentes y futuros derivados del contrato de compraventa y de una relación comercial en curso (créditos garantizados).
6.2 Las mercancías sujetas a reserva de dominio no podrán ser pignoradas a terceros ni cedidas en garantía antes del pago íntegro de los créditos garantizados. El comprador debe informarnos inmediatamente por escrito si se solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia o si terceros (por ejemplo, embargos) tienen acceso a la mercancía que nos pertenece.
6.3 En caso de que el comprador se comporte de forma contraria al contrato, especialmente en caso de impago del precio de compra adeudado, tendremos derecho a rescindir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales y/o a exigir la devolución de la mercancía sobre la base de la reserva de dominio. La demanda de devolución no incluye al mismo tiempo la declaración de desistimiento; más bien tenemos derecho a exigir sólo la devolución de la mercancía y a reservarnos el derecho de desistimiento. Si el comprador no paga el precio de compra adeudado, sólo podremos hacer valer estos derechos si previamente hemos fijado al comprador un plazo razonable para el pago sin éxito o si la fijación de dicho plazo es prescindible según las disposiciones legales.
6.4 Hasta que se revoque de acuerdo con la cláusula 6.4.3 siguiente, el Comprador tendrá derecho a revender y/o procesar las mercancías sujetas a la retención del título en el curso ordinario de los negocios. En este caso, se aplicarán además las siguientes disposiciones.
6.4.1 La reserva de propiedad se extenderá al valor total de los productos resultantes de la transformación, mezcla o combinación de nuestras mercancías, por lo que seremos considerados como el fabricante. Si, en caso de transformación, mezcla o combinación con mercancías de terceros, su derecho de propiedad permanece, adquiriremos la copropiedad en proporción a los valores de la factura de las mercancías transformadas, mezcladas o combinadas. En caso contrario, se aplicará al producto resultante lo mismo que a la mercancía entregada bajo reserva de dominio.
6.4.2 El Comprador nos cede, a modo de garantía, las reclamaciones contra terceros derivadas de la reventa de la mercancía o del producto en su totalidad o en el importe de nuestra posible cuota de copropiedad de acuerdo con el párrafo anterior. Aceptamos el encargo. Las obligaciones del comprador mencionadas en el apartado 2 se aplicarán también a los créditos cedidos.
6.4.3 El comprador queda autorizado a cobrar la reclamación además de nosotros. Nos comprometemos a no cobrar la reclamación mientras el comprador cumpla con sus obligaciones de pago hacia nosotros, no haya ningún defecto en su capacidad de cumplimiento y no hagamos valer la retención de la propiedad ejerciendo un derecho conforme al párrafo 3. Sin embargo, si este es el caso, podemos exigir que el comprador nos informe de los créditos cedidos y de sus deudores, proporcione toda la información necesaria para el cobro, entregue los documentos pertinentes e informe a los deudores (terceros) de la cesión. Además, en este caso tenemos derecho a revocar la autorización del comprador para seguir vendiendo y procesando la mercancía con reserva de dominio.
6.4.4 Si el valor realizable de las garantías supera nuestras reclamaciones en más del 10%, liberaremos las garantías de nuestra elección a petición del comprador.
7 Reclamaciones por defectos del comprador
7.1 Para los derechos del comprador se aplican las disposiciones legales en caso de defectos materiales y de título (incluyendo la entrega incorrecta y corta, así como el montaje inadecuado o las instrucciones de montaje defectuosas), a menos que se estipule lo contrario a continuación. En todos los casos, las disposiciones legales especiales no se verán afectadas en el caso de la entrega final de los bienes no transformados a un consumidor, incluso si éste los ha transformado posteriormente (recurso del proveedor según §§ 478 BGB).
7.2 La base de nuestra responsabilidad por defectos es sobre todo el acuerdo alcanzado sobre la calidad de la mercancía. Todas las descripciones de los productos y las especificaciones del fabricante que son objeto del contrato individual o que fueron anunciadas públicamente por nosotros (en particular en los catálogos o en nuestra página web) en el momento de la celebración del contrato se considerarán un acuerdo sobre la calidad de los bienes.
7.3 En la medida en que no se haya acordado la calidad, la existencia o no de un defecto se evaluará de acuerdo con las normas legales. Sin embargo, no nos hacemos responsables de las declaraciones públicas del fabricante o de otros terceros (por ejemplo, declaraciones publicitarias) sobre las que el comprador no nos haya llamado la atención por ser decisivas para su compra.
7.4 Por principio, no seremos responsables de los defectos que el comprador conozca en el momento de la celebración del contrato o que no conozca por negligencia grave (§ 442 BGB). Además, las reclamaciones por vicios del comprador presuponen que éste ha cumplido con sus obligaciones legales de inspección y notificación de los vicios (§§ 377, 381 HGB). En el caso de los materiales de construcción y otras mercancías destinadas a la instalación o a otras transformaciones, deberá realizarse una inspección en cualquier caso inmediatamente antes de la transformación. Si un defecto se manifiesta en el momento de la entrega, de la inspección o en cualquier momento posterior, deberá notificársenos por escrito sin demora. En cualquier caso, los defectos evidentes deberán sernos notificados por escrito dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega y los defectos que no se manifiesten en la inspección dentro del mismo período de tiempo desde el momento de su descubrimiento. Si el comprador no realiza la inspección adecuada y/o notifica los defectos, nuestra responsabilidad por el defecto no notificado o no notificado a tiempo o no notificado adecuadamente quedará excluida de acuerdo con las disposiciones legales.
7.5 Si el artículo entregado es defectuoso, podemos elegir inicialmente si realizamos una prestación posterior subsanando el defecto (mejora posterior) o entregando un artículo libre de defectos (entrega de sustitución). Nuestro derecho a rechazar el cumplimiento posterior en virtud de las condiciones legales previas no se verá afectado.
7.6 Estamos facultados para hacer depender el cumplimiento posterior adeudado del pago del precio de compra adeudado por el comprador. Sin embargo, el comprador tendrá derecho a retener una parte razonable del precio de compra en relación con el defecto.
7.7 El comprador nos concederá el tiempo y la oportunidad necesarios para el cumplimiento posterior debido, en particular para entregar la mercancía reclamada para su inspección. En el caso de una entrega de sustitución, el comprador deberá devolvernos el artículo defectuoso de acuerdo con las disposiciones legales. El cumplimiento posterior no incluye la retirada del artículo defectuoso ni su reinstalación si no estábamos obligados a instalarlo originalmente.
7.8 Asumiremos o reembolsaremos los gastos necesarios para la inspección y el posterior cumplimiento, en particular los gastos de transporte, de viaje, de mano de obra y de material y, en su caso, los gastos de retirada y de instalación, de acuerdo con las disposiciones legales, si realmente existe un defecto. En caso contrario, podremos exigir al comprador el reembolso de los gastos ocasionados por la solicitud injustificada de subsanación del defecto (en particular, también los gastos de inspección y transporte), a menos que la falta de defectos no fuera reconocible para el comprador.
7.9 En casos urgentes, por ejemplo en caso de riesgo para la seguridad de funcionamiento o para evitar daños desproporcionados, el Comprador tendrá derecho a subsanar él mismo el defecto y a exigirnos el reembolso de los gastos objetivamente necesarios para ello. Se nos debe notificar inmediatamente dicha autoejecución, si es posible con antelación. El derecho de autocumplimiento no se aplicará si tenemos derecho a rechazar un cumplimiento posterior correspondiente de acuerdo con las disposiciones legales.
7.10 Si el cumplimiento suplementario ha fracasado o si un plazo razonable a fijar por el comprador para el cumplimiento suplementario ha expirado sin éxito o es prescindible según las disposiciones legales, el comprador podrá rescindir el contrato de compra o reducir el precio de compra. Sin embargo, en el caso de un defecto insignificante, no habrá derecho de desistimiento.
7.11 Las reclamaciones del comprador por daños y perjuicios o el reembolso de los gastos inútiles también existirán en el caso de los defectos sólo de acuerdo con la cláusula 10 y se excluyen por lo demás.
8 Reparaciones
Las reparaciones que no se basen en una reclamación de subsanación de defectos por parte del comprador se llevarán a cabo exclusivamente sobre la base de una estimación de costes con la que el comprador esté de acuerdo. El hecho de que una reparación se lleve a cabo en nuestro propio taller o en un taller externo queda a nuestra discreción. Los gastos de envío y embalaje correrán a cargo del comprador.
9 Reclamaciones
Las reclamaciones para la subsanación de defectos dentro
del periodo de garantía de tres años a partir de la fecha de compra requieren
una prueba de compra emitida por nosotros en forma de factura o albarán de
entrega. Esto se aplica tanto a nuestros socios comerciales como a los
consumidores finales con los que hayamos celebrado un contrato de compra. En
estos casos, los gastos de envío y embalaje hasta nosotros correrán a cargo del
comprador, mientras que nosotros sufragaremos los gastos de envío hasta el
socio de ventas o el consumidor final.
Si se celebra un contrato de compra entre uno de nuestros
socios de ventas y el consumidor final, también se aplicarán en primera
instancia las condiciones de reclamación del socio de ventas. Alternativamente,
es posible reclamar directamente ante nosotros, siempre que se cumplan nuestras
condiciones mencionadas, incluidos los gastos de envío y embalaje.
10 Cambios de diseño
Nos reservamos el derecho a realizar cambios de diseño y modificaciones técnicas en aras del progreso técnico sin estar obligados a sustituir diseños o versiones anteriores.
11 Otras responsabilidades
11.1 Salvo que se estipule lo contrario en las presentes Condiciones Generales de Venta, incluidas las siguientes disposiciones, seremos responsables de cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales de acuerdo con las disposiciones legales.
11.2 Seremos responsables de los daños y perjuicios -independientemente de los motivos legales- dentro del ámbito de la responsabilidad por culpa en caso de dolo y negligencia grave. En caso de negligencia simple, seremos responsables, sin perjuicio de las limitaciones legales de la responsabilidad (por ejemplo, cuidado de los asuntos propios; incumplimiento insignificante del deber), únicamente de
11.2.1 por los daños derivados de lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud,
11.2.2 por los daños derivados del incumplimiento de una obligación contractual esencial (obligación cuyo cumplimiento es un requisito previo para la correcta ejecución del contrato y en cuya observancia confía y puede confiar habitualmente la parte contratante); en este caso, sin embargo, nuestra responsabilidad se limitará a la indemnización del daño previsible y típicamente producido.
11.3 Las limitaciones de responsabilidad resultantes de la cláusula 10.2 se aplicarán también a terceros y en caso de incumplimiento de obligaciones por parte de personas (también a su favor) de las que seamos responsables de acuerdo con las disposiciones legales. No se aplicarán si se ha ocultado fraudulentamente un defecto o se ha asumido una garantía por la calidad de la mercancía y por las reclamaciones del comprador en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos.
11.4 El comprador sólo podrá desistir o rescindir el contrato debido a un incumplimiento de las obligaciones que no consista en un defecto, si nosotros somos responsables del incumplimiento de las obligaciones. Queda excluido un derecho de rescisión libre del comprador (en particular, según los artículos 650 y 648 del Código Civil). En todos los demás aspectos, se aplicarán los requisitos legales y las consecuencias jurídicas.
12 Limitación
12.1 No obstante lo dispuesto en el artículo 438, apartado 1, número 3 del Código Civil alemán, el plazo de prescripción general para las reclamaciones derivadas de defectos materiales y defectos de titularidad será de un año a partir de la entrega. Si se ha acordado la aceptación, el plazo de prescripción comenzará con la aceptación.
12.2 Si la mercancía es un edificio o un objeto que ha sido utilizado para un edificio de acuerdo con su uso normal y ha causado su defecto (material de construcción), el plazo de prescripción será de 5 años a partir de la entrega de acuerdo con las disposiciones legales (§ 438 párrafo 1 nº 2 BGB). Otras disposiciones legales especiales sobre el plazo de prescripción (en particular, el artículo 438, apartado 1, número 1, apartado 3, y los artículos 444 y 445b del Código Civil) no se verán afectadas.
12.3 Los plazos de prescripción de la ley de compraventa arriba mencionados también se aplican a las reclamaciones contractuales y extracontractuales por daños y perjuicios del comprador basadas en un defecto de la mercancía, a menos que la aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (§§ 195, 199 BGB) conduzca a un plazo de prescripción más corto en el caso individual. Las reclamaciones por daños y perjuicios del Comprador en virtud de la cláusula 10.2, frase 1 y frase 2, en relación con la cláusula 10.2.1, así como en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos, prescribirán exclusivamente de acuerdo con los plazos de prescripción legales.
13 Disposiciones especiales
13.1 Antes de la puesta en funcionamiento de los aparatos terminados que están sujetos a normas especiales, por ejemplo, de la Agencia Federal de Redes, etc., el comprador está obligado a cumplirlas. No podemos responsabilizarnos de ningún comportamiento culpable por parte del comprador.
13.2 Antes de la puesta en marcha, en particular de los productos importados, el comprador está obligado a revender el equipo al consumidor final sólo si la mercancía cumple con las disposiciones legales u otras normas alemanas. A este respecto, no podemos responsabilizarnos del recurso contra el comprador que no realice esta inspección.
14 Elección de la ley y de la jurisdicción
14.1 Estas Condiciones Generales de Venta y la relación contractual entre nosotros y el Comprador se regirán por la legislación de la República Federal de Alemania, con exclusión del derecho internacional uniforme, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
14.2 Si el Comprador es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, el fuero exclusivo -también internacional- para todos los litigios que se deriven directa o indirectamente de la relación contractual será nuestro domicilio social en Ahrensburg. Lo mismo se aplicará si el comprador es un empresario en el sentido del artículo 14 del Código Civil alemán. Sin embargo, también tenemos derecho en todos los casos a presentar una demanda en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega de acuerdo con estas Condiciones Generales de Venta o un acuerdo individual previo o en el lugar de jurisdicción general del comprador. Las disposiciones legales imperativas, en particular las relativas a la competencia exclusiva, no se verán afectadas.
Estado de las presentes Condiciones Generales de Venta: 26 de marzo de 2024